Advierten que si la JCE no sopesa la resolución que la establece irán a los tribunales
Trece partidos políticos de oposición amenazaron la tarde de este lunes con retirarse de las elecciones municipales, congresuales y presidenciales del año 2024 si la Junta Central Electoral (JCE) no sopesa sobre la resolución 13-2023 que emitió para la aplicación del 20 % de las reservas de las candidaturas por cada nivel de elección para los comicios venideros.
Lo que plantean los partidos Fuerza del Pueblo, de la Liberación Dominicana, Revolucionario Dominicano y decenas de minoritarios es que el 20 % debe ser aplicado a las nominaciones totales y no para lo municipal y congresual.
«Somos muchos los partidos que vamos a sopesar nuestra participación en las próximas elecciones. Bajo ese esquema no hay garantías para que aquí se hagan unas elecciones transparentes u objetivas y participativas en el 2024», sentenció el secretario de asuntos Jurídicos del PLD, José Dantés en representación del grupo.
Aseguraron que esta situación puede dar pie a una crisis política preelectoral, en el proceso electoral y poselectoral. Al depositar una carta ante el órgano electoral para que el presidente de la JCE, Román Andrés Jáquez Liranzo, y su pleno sopese la resolución, los partidos manifestaron que si la Junta mantiene la dicha resolución irían a los tribunales Constitucional y Superior Electoral a impugnarla.
Los niveles de elección
El nivel senatorial (20 %) del total de las nominaciones; nivel de diputaciones (20 %) del total de las nominaciones; nivel de alcaldías (20 %) del total de las nominaciones; nivel de regidurías (20 %) del total de las nominaciones; nivel de directores distritales (20 %) del total de las nominaciones; nivel de vocalías (20 %) del total de las nominaciones.
Desde que fue emitida la resolución, hace unos días, unos 26 partidos opositores han estado en contra.
Las agrupaciones políticas indican que la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos en su artículo 58 dispone que en el marco de lo establecido en la Constitución y la presente ley, el organismo de máxima dirección colegiada de todo partido, agrupación o movimiento político, con la aprobación de sus integrantes, tiene el derecho de reservar a conveniencia de su organización política, incluyendo los puestos cedidos a dirigentes de la misma organización o por acuerdos, alianzas o fusiones con otros partidos, agrupaciones o movimientos políticos, un máximo de candidaturas a cargos de elección popular equivalente al veinte por ciento (20%) del total de las nominaciones para los puestos de senadores, diputados, alcaldes, regidores, directores, subdirectores y vocales de distritos municipales establecidas por la Constitución y las leyes.